El fallecimiento de una persona produce consecuencias jurídicas de gran relevancia, sobre todo patrimonial, por actividades realizadas tanto personales como profesionales, teniendo la posibilidad de amasar en vida para salvaguardar los intereses de sus familias.
Si bien es cierto, en algunos casos, los hijos están más atentos a los padres cuando se comienza a hablar de la repartición de bienes; sin embargo, no todos saben qué trámites deben realizar o qué documentos deben tener para obtener el tan preciado legado.
Existen varias maneras de dejar una herencia, esto dependerá si el causante se encuentra con vida o fallecido y si ha dejado o no un testamento.
Lo recomendable es que los padres dejen todo por escrito para que los hijos o herederos no tengan ningún tipo de problema al reclamar lo correspondiente, Sin embargo, existe un porcentaje de personas que no le da importancia a ese punto.
¿Qué se necesita para repartir una herencia en vida?
La sucesión en vida es un proceso completamente legal para adquirir un dominio, donde el causante de manera consciente y voluntaria, toma la decisión de repartir sus bienes con sus herederos.
El causante tendrá que emplear un testamento indicando los bienes que serán repartidos por los herederos, es muy importante tener la presencia de un notario o juez, quienes cumplirán de manera fiel al testamento o escrito estipulado.
Para realizar la sucesión en vida, se deberá presentar la siguiente documentación:
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- Copia autenticada de las escrituras de los bienes materiales
- Copia autenticada del Registro Civil del causante
- Copia autenticada del Registro Civil de matrimonio del causante
- Copia autenticada del Registro Civil de los herederos
¿Cómo heredar a los hijos en vida?
Para que tus hijos se conviertan en los nuevos dueños de tu patrimonio, lo ideal es realizar una escritura pública; es decir; explicar en la Notaría lo que se quiere hacer. El notario tomará nota y lo transcribirá, al culminar se lo entrega al donador para que lo revise, una vez aprobado, el notario colocará su firma al igual que el donador.
Luego de realizar el respectivo trámite y ser entregado en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, hay que tener en cuenta los siguientes requisitos:
- Solicitud por escrito del donante y de quien lo recibe, ante una notaría del distrito que vive el donador.
- Documento de identidad de los involucrados
- Presentar certificado de valor comercial en caso de ser una propiedad, junto con el título de propiedad, título de adquisición, certificado de libertad de libertad y tradición más reciente.
- Certificado de paz y salvo por impuesto predial, concepto de valorización y/o pago de administración.
- El donante no deberá dar un 100% de sus bienes, es decir; tendrá que demostrar un patrimonio suficiente como para vivir y continuar con sus respectivas obligaciones.
Finalmente, el tiempo estimado de espera luego de haber sido revisada la legalidad del contrato, es de un mínimo de ocho (08) días hábiles.
¿Quién hereda la herencia de los padres?
En el artículo 807 del Código Civil: "Los hijos y descendientes son clasificados como herederos forzosos, es decir, que por obligación reciben una parte de los bienes de su padre o madre. La ley no discrimina a estos herederos forzosos por sexo, edad o filiación, es decir, no distingue entre hijos biológicos, adoptados, matrimoniales o extramatrimoniales". Todos tienen los mismos derechos hereditarios.
¿Qué herencia debe dejar a sus hijos?
Los padres trabajarán, madrugarán, se desvelarán y sacrificarán mucho con tal de dejar una buena herencia a los hijos, en especial si se trata de propiedades o una gran suma de dinero, sin embargo, la mayoría de las herencias terminan mal, si quien lo recibe no lo toma con inteligencia.
Es por ello, que la mejor herencia que se le pueden dar a un hijo; es la educación, con ello aprenderán a desarrollar la responsabilidad frente a sus deberes, reforzarán y pondrán en práctica los valores para lograr sus objetivos, aprenderán a ser competitivos y ser unos verdaderos líderes, sin duda, la educación es la mejor manera de prepararlos para la vida.
¿Cuando un hijo no tiene derecho a herencia?
El derecho a la herencia sólo será válido una vez fallecido el causante, es decir, mientras el padre siga con vida; el o los hijos no tienen derecho a reclamar la herencia, ya que los padres son los dueños de sus bienes y solo ellos podrán disponerlo como mejor les parezca.
Si los padres deciden por voluntad propia repartir la herencia en vida, pueden hacerlo, pero deben tener en cuenta que no es una obligación de los padres hacerlo ni un derecho de los herederos.
¿Quién tiene más derecho a heredar?
Cuando se trata de repartir la herencia, existe un orden, según el artículo 1040 del código civil indica que las personas de manera forzada, incluso aquellos que no quieran recibir, tienen el derecho a herencia o al patrimonio completo del fallecido.
Esta orden se aplicará en caso no haya un testamento de por medio, para ello se deberá realizar una sucesión intestada, tal como lo indica la ley.
El orden legitimario:
- Primero: Los hijos, sin importar si son o no extramatrimoniales.
- Segundo: Padres, siempre y cuando no haya hijos.
- Tercero: Hermanos y cónyuge, cuando no hay hijos ni padres, la repartición deberá ser 50% para los hermanos y 50% para el cónyuge; en caso de que no haya una de las partes, la otra tomará el 100%.
- Cuatro: Los sobrinos, en caso de no haber los anteriormente nombrados, será quién se lleve completamente los juegos.
- Quinto: ICBF, de no haber familiares ni herederos, el patrimonio completo se le entregará al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
¿Cómo se reparte la herencia entre el cónyuge y los hijos?
Una vez fallecido el causante, la repartición de herencia se realizará por medio de porcentajes, es decir, el cónyuge a pesar de no ser familiar sanguíneo, al tener una unión marital o matrimonio le corresponde el 50% de los bienes por tener esa condición.
La herencia correspondiente a los hijos será dividida de manera equitativa del 50% restante, siempre y cuando no exista algún testamento que indique alguna proporción específica.